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sábado, 24 de marzo de 2012

La censura y el mediador de literatura infantil

Artículo redactado como ejercicio  del Diplomado de Fomento de la Literatura Infantil y Juvenil.

Pareciera que este asunto se encuentra muy lejos de los hábitos de la sociedad actual, más aún viviéndo en un país en el que se inculca que hubo censura y represión, pero que ya no más. Indefectiblemente, la censura es una práctica que está presente en muchos actos de la vida de las personas sin que se tenga conciencia cierta de ello, y los mediadores de la literatura, por muy progresistas que se declaren, no están a salvo.
La censura, en este caso la literaria, es una actividad que, quiérase o no, se puede ejercer. La diferencia está entre la censura oficial, aquella que proviene de órganos de poder de diferentes tipos, ideologías y contextos, que se proclama mediante decretos, ordenanzas, leyes -desde el Tribunal de la Santa Inquisición de la Iglesia Católica sobre libros heréticos, hasta la censura del gobierno de Carlos Ibañez del Campo en contra la premio Nobel Gabriela Mistral o las autoridades que consideraron “Los viajes de Gulliver” como anti-guerra y anti-colonización- y la censura no oficial, aquella que se ejerce tácitamente por protocolos o acuerdos, en ámbitos restringidos o delimitados, en determinados círculos culturales e incluso en el núcleo social más pequeño, la familia.
En ambos casos del ejercicio de la censura sobre obras literarias, existen sendos entramados argumentales para justificar la prohibición de cierto libro a cierto lector, en este caso, a los niños. En esos entramados se pueden hallar diversas fuentes contextuales, ya sean religiosas, políticas, morales, y al mismo tiempo que prohiben obras y autores, promueven otras que se acercan al fomento de los valores que componen el corpus ideológico del órgano de poder. Es decir, la censura consta de dos momentos, la prohibición y la imposición.
El ejercicio de la censura se compone de dos actores: el que la ejerce y el que la recibe. En cualquier caso, ambos actores habitan dentro de contextos sociales que van a influir en el sentido que le den al acto de ejercer la censura y a la experiencia de recibirla. Por ejemplo, para un padre puede resultar una obligación moral velar por la formación cristiana de su hijo al censurarle la lectura de “Harry Potter”, debido al contenido y la promoción de la brujería y, por ende, del satanismo (argumentos para la censura del libro en Texas y Toronto[1]) y para el niño puede significar un acto necesario, porque todo su entorno social avala esa censura y no existe en su ambiente ningún agente que ratifique como positivo el acto contrario.
En esta línea, el papel del mediador debiera ser el puente entre un lector y su libro y ese acto siempre se verá coaccionado por múltiples factores contextuales, tanto del mediador (recepción), como del libro (producción) y del lector (recepción), por lo tanto se transforma en un papel acosado permanentemente por los delicados límites entre la recomendación y la prohibición o censura. El acto de censura considera a los lectores niños con perfiles unificados, es decir, anula las capacidades individuales de elegir y preferir, porque el concepto de niñez que manejan obedece a la férrea idea de pensar “a los niños como arcilla que vamos a modelar a nuestro antojo, ya sea para un proyecto individual, ya sea para una utopía colectiva”[2]. Esta idea de Marcela Carranza puede aplicarse a los dos momentos de la práctica de la censura, la prohibición y la imposición. Si se prohibía a los niños la lectura de “Un elefante ocupa mucho espacio” de Elsa Borneman durante la dictadura argentina de los años 70, se impulsaban libros que mantuvieran en los niños la idea de un status quo que no permitiera la proliferación de la “pesadilla subversiva”.
El mediador no puede abstraerse de su contexto ni de sus gustos personales a la hora de poner un libro en las manos de un niño. Pero, si tiene claro que su papel no es el de un censurador ideológico o religioso, podrá ofrecer al lector infantil una gama de obras que puedan gustarle sin que ello signifique estarle negando otras. Se está de acuerdo con que el acto de la censura viola el derecho fundamental de libertad del niño en cualquier contexto, pero también se está consciente que existen gustos, etapas y preferencias que el niño posee y que deben tenerse en cuenta a la hora de recomendarle un libro. Por lo tanto es fundamental, en primer lugar, que el mediador tenga una propuesta determinada –por ejemplo, que va a enseñar libros sobre un tema o un personaje específicos- y que se posicione dentro de su espacio mediador –la escuela, la biblioteca, el hogar- para entregar las recomendaciones indicadas. Puede surgir de inmediato la pregunta, ¿existen recomendaciones indicadas? Bien, la realidad en la que se está sumergido actualmente delimita las propuestas y el espacio del mediador, pero sin que de inmediato se estime como un hecho negativo, debe enterderse como un contexto a explotar. Por ejemplo, en Chile, en la escuela se dan a leer libros obligatarios que corresponden al Plan de Lectura Complementaria emanado desde el Ministerio de Educación. Mirado desde distintos puntos de vista, puede significar que el Estado impone, de alguna manera, la lectura de ciertos libros que remiten a valores, ideas y configuraciones de mundo específicas. Si este espacio no puede intervenirse más allá de esta normativa, es preciso entregarle al niño otros espacios donde pueda entrar en contacto con más formas de lectura, como la lectura por elección propia. En esta instancia debe hacerse presente el hogar o la biblioteca pública, para que el niño conozca que hay más libros que los pesadamente obligatorios de la escuela. El mediador del hogar o la biblioteca deberá tener presente este hecho y será necesario que le presente al niño el mundo fuera de la norma o que, también, extienda la norma hacia el placer estético sin presiones.
         Quizás no exista nada más cruel que decirle a un niño “no leas eso”. Este mandato puede matar para siempre el ansia de exploración literaria de un niño. La idea que debe prevalecer es que al niño no se le prohiba nunca su encuentro con un libro, si no que el mediador esté siempre presente para poder ayudar y guiar esa lectura para que la mediación no se transforme en una censura.


[1] “Harry Potter vence a la censura en EEUU”. En Diario El País, http://elpais.com/diario/2000/10/29/cultura/972770403_850215.html. Cruz, Pablo. “Caza de Brujas: la censura en la literatura infantil”. En Revista Babar, http://revistababar.com/wp/?p=49.
[2] Carranza, Marcela. “La literatura al servicio de los valores, o cómo conjurar el peligro de la literatura”. En Revista Imaginaria, http://www.imaginaria.com.ar/18/1/literatura-y-valores.htm.

Desde http://ursulastarke.blogspot.com

1 comentarios:

  1. Es muy importante no olvidar el compromiso que como mediadores tenemos. Interesante artículo. Gracias.

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